AFP Capital pide aclarar sentencia a la Suprema luego que PwC y La Polar indicaran "imposibilidad" de cuantificar indemnizaciones
La administradora respondió a los hechos esenciales enviados respectivamente por el retailer y la auditora el fin de semana a la Comisión para el Mercado Financiero.
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El Caso La Polar continúa con movimientos en el poder judicial. Ayer en la tarde, AFP Capital ingresó un recurso de aclaración, rectificación o enmienda ante la Corte Suprema sobre la sentencia que ésta dictaminó la semana pasada, en que ordenó a la multitienda, sus exejecutivos y a PwC a indemnizar a los fondos de pensiones afectados. En el caso de la firma del grupo Sura, serían cerca de US$ 30 millones.
La acción judicial se presentó luego de que el retailer señaló en un hecho esencial enviado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) el 5 de septiembre que no era posible cuantificar los montos a pagar, mientras que, a través del mismo medio, PwC afirmó el sábado 4 de este mes que los montos a indemnizar deberán ser determinados durante la etapa de cumplimiento de los fallos.
"En ellos (hechos esenciales), ambos condenados optaron por perseverar en su cultura transgresora de la ley, afirmando que no es posible cuantificar ni informar los montos a indemnizar; actitud que indiciaría de cuál será su actitud procesal frente al cumplimiento de la sentencia de autos", dice el escrito ingresado por la gestora previsional, representada por el socio del estudio jurídico Correa Squella, Juan Ignacio Correa.
Por ello, la administradora ligada a Sura solicitó al máximo tribunal del país aclarar que la sentencia se remite a lo solicitado en su demanda.
La aclaración
AFP Capital basa su requerimiento en que su demanda del 17 de enero de 2014, que acogió la Corte Suprema, en la que solicitó específicamente que se debía indemnizar a los fondos de pensiones.
"Se requirió, en forma expresa, condenar a los demandados a pagar una suma de dinero incrementada con el monto que resulte de aplicar el interés máximo legal para operaciones en moneda nacional, no reajustables, o aquel que se determinara, vigente a la fecha de notificación de la demanda, o a la que se estableciere; desde el 6 de julio de 2011, fecha de la última enajenación de sus títulos accionarios de autos, o desde la fecha que se determinara; y, hasta la fecha del pago efectivo o la época que se fije", sostiene AFP Capital.
Agrega que, en la demanda del 31 de diciembre de 2013, la administradora solicitó que tanto La Polar como PwC paguen las costas del proceso judicial.
"La sentencia revocó el fallo de primera instancia de 7 de julio de 2017, declarando expresamente, en su parte resolutiva, que se acoge la demanda y se condena a pagar los detrimentos causados y que deben fijarse en la etapa de ejecución sobre la base de la pericia de autos", indica el escrito.
"Así, pido aclarar que la obligación de dar que pesa sobre cada uno de los condenados tras la Sentencia devenga los reajustes e intereses pedidos en la demanda en los términos referidos en el numeral 1) precedente y que incluye su condena en costa", pidió la AFP a la Corte Suprema.